Atención | Activan Fase 1 de contingencia ambiental en el Estado de México; conoce qué autos NO circulan este 26 diciembre
Debido a la mala calidad del aire, se decidió activar la Fase 1 de contingencia ambiental en Estado de México.

Desde la mañana de este jueves 25 de diciembre la calidad de aire en la Ciudad de México y Estado de México era considerada como 'mala', esto gracias a la pirotecnia que lanzaron por las fiestas navideñas.
Gracias a esto, las autoridades del Estado de México activaron la Fase I de contingencia ambiental, esto debido al incremento de partículas contaminantes PM2.5 en el ambiente, principalmente en el Valle de Toluca y el municipio de Santiago Tianguistenco.
"Como resultado de las actividades propias de las festividades decembrinas, la noche del 24 de diciembre, así como durante la madrugada y mañana del día 25 de diciembre de 2025, se registraron concentraciones elevadas de PM2.5”, se lee en un comunicado emitido por Medio Ambiente Edomex.
¿Cómo operará el Hoy No Circula este 26 de diciembre en Edomex?
El día de mañana 26 de diciembre deberán de suspender su circulación en un horario de 5:00 a 22:00 horas los siguientes automóviles:
- Todos los vehículos con holograma de verificación '2'.
- Los vehículos con holograma de verificación '1', cuyo último dígito numérico 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
- Los vehículos con holograma de verificación '0' y '00', engomado azul, terminación de placas 9 y 0.
Restricción a la circulación de todos los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa local y federal entre las 06:00 y las 10:00 horas, a excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación respectivo.
Lo taxis podrán circular de las 5:00 a las 10:00 horas, los días que tengan restricción con la finalidad de apoyar la movilidad de la población
Excepciones
- Vehículos eléctricos e híbridos que cuenten con placa ecológica o holograma tipo exento.
- Taxis, los cuales podrán circular de 5:00 a 10:00 horas en los días con restricción, con el objetivo de facilitar la movilidad de la población.
- Vehículos de servicios urbanos destinados a la atención de emergencias, urgencias médicas, salud, seguridad pública, suministro de agua potable, bomberos, rescate, protección civil y vigilancia ambiental, incluidos los relacionados con incendios forestales.
- Transporte escolar y de personal que cumpla con las normas vigentes de verificación vehicular y cuente con el holograma y la autorización correspondiente.
- Vehículos utilizados en cortejos fúnebres y en la prestación de servicios funerarios, siempre que tengan holograma de verificación vigente.
- Vehículos destinados al traslado de personas con discapacidad permanente que cuenten con la constancia tipo “D” de Discapacidad Permanente.
- Unidades para el transporte de residuos y materiales peligrosos con la autorización correspondiente, exceptuando aquellas que trasladen combustibles como gasolina, diésel o gas L.P.
- Transporte de carga inscrito en el Esquema de Autorregulación Ambiental de Vehículos de Carga a Diésel del Estado de México.
- Transporte de materiales pétreos que acredite prestar servicio a rellenos sanitarios o que cuente con la autorización correspondiente, y que cubra la carga con lona para evitar la dispersión de partículas.
- Vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses), con placas federales o locales, que cumplan con las disposiciones vigentes de verificación.
- Vehículos que formen parte del Programa Héroes Paisano y del Programa Migrante Mexiquense, siempre que porten la autorización correspondiente.
- Unidades que transporten mercancías o productos perecederos con sistemas de refrigeración, así como camiones revolvedores de concreto.
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