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¿Cuánto es lo mínimo que deben pagarte de utilidades en 2026?: Esto dice la LFT

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece cómo se calcula el reparto de utilidades y que factores determinan el monto que puede recibir cada trabajador.

Utilidades 2026: ¿Cuál es el monto mínimo que puedes recibir de acuerdo a la ley? Foto: ChatGPT
Utilidades 2026: ¿Cuál es el monto mínimo que puedes recibir de acuerdo a la ley? Foto: ChatGPT
Vanesa Castillo
Ciudad de México

El reparto de utilidades es un derecho laboral que obliga a las empresas y patrones a distribuir el 10% de las ganancias generadas durante el año fiscal anterior entre sus trabajadores y ex trabajadores.

El pago inició el 1 de abril para quienes laboran en empresas, mientras que para quienes trabajan con personas físicas inicia el 1 de mayo.

¿Existe un monto mínimo de utilidades en 2026?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), no existe un monto mínimo para el pago de utilidades. La cantidad que recibe cada trabajador depende de:

  • Las ganancias que generó la empresa
  • Los días laborados durante el año
  • El salario percibido por trabajador

Sin embargo, la ley si establece un límite máximo, el cuál debe ser el más favorable para el trabajador:

  • El equivalente a tres meses del salario del trabajador
  • El promedio de la participación recibida en los últimos tres años
NOTA

¿Debo pagar impuestos por recibir utilidades?

Las utilidades están exentas de pagar impuestos hasta el equivalente a 15 días de salario mínimo.

Si el monto recibido supera este límite, el excedente deberá pagar impuestos.

¿Cómo calcular cuánto me toca de utilidades?

Las empresas que generaron más de 300 mil pesos el año anterior deben repartir el 10% de sus utilidades en dos partes:

  • La primera parte se debe dividir entre el número de días trabajados durante el año.
  • La segunda parte se reparte tomando en cuenta el salario percibido por el trabajo prestado en el año.

¿Quiénes si reciben utilidades?

  • Personas trabajadoras activas
  • Personas ex trabajadoras, de base o eventuales, que hayan laborado al menos 60 días
  • Personas con incapacidad temporal
  • Madres trabajadoras en licencia de maternidad
  • Personas que hayan hecho uso del permiso de paternidad

La fecha límite para repartir utilidades es:

  • 30 de mayo para empresas (personas morales)
  • 29 de junio para personas físicas 

Si no recibes el pago dentro de estos plazos, puedes acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) donde recibirás asesoría gratuita para hacer el reclamo de tus utilidades; tienes hasta un año para hacer la reclamación del derecho.


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