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¿Te deben pagar más si trabajas en Semana Santa 2026? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Aunque muchos pensaban que los días de Semana Santa eran festivos, la Ley Federal del Trabajo dice otra cosa.

LFT dice que trabajar en Jueves y Viernes Santo no se pagan como festivos
LFT dice que trabajar en Jueves y Viernes Santo no se pagan como festivos
Ciudad de México

Con la llegada de la Semana Santa 2026, una de las dudas más frecuentes entre los trabajadores en México vuelve a surgir: "Si me toca laborar el Jueves y Viernes Santo, ¿tengo derecho a que me paguen doble o triple?"

Si ya estás haciendo planes o cuentas para esas fechas, aquí te explicamos qué dicta exactamente la ley para que no te tomen por sorpresa.


¿Me deben pagar más por trabajar en Semana Santa?

Lamentablemente para los trabajadores, la respuesta es no. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) en México, los días correspondientes a la Semana Santa no están considerados como días de descanso obligatorio (feriados oficiales).

¿Jueves y Viernes Santo me deben pagar extra? Foto: Sora IA


Por lo tanto, si te toca presentarte a tu centro de trabajo en esos días, tu empleador solo está obligado a pagarte tu salario normal de un día regular. No aplica el pago doble ni el pago triple.

¿Cuándo es Semana Santa?

Para este año, los días principales de la conmemoración religiosa caen en las siguientes fechas:

  • Jueves Santo: 2 de abril
  • Viernes Santo: 3 de abril
  • Sábado de Gloria: 4 de abril
  • Domingo de Resurrección: 5 de abril

¿Qué dice el Artículo 74 de la LFT?

El Artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece de manera estricta cuáles son los días de asueto en los que el trabajador tiene derecho a descansar o, en caso de laborar, cobrar un pago triple. En este calendario oficial no se incluye ninguna festividad religiosa, por lo que el Jueves y Viernes Santo son días hábiles como cualquier otro.

Esto dice la LFT sobre trabajar en jueves y viernes santo en Semana Santa 2026.


¿Si trabajo el Domingo de Pascua?

El único beneficio extra al que podrías tener derecho en estas fechas aplica si trabajas el Domingo de Resurrección (5 de abril). La ley no te pagará doble por ser Pascua, pero si trabajas de forma habitual los domingos, tienes derecho a recibir tu Prima Dominical. Esta prima corresponde, por ley, a un 25% adicional sobre tu salario diario ordinario.


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