Atención | ¿Tu pensión del IMSS llegó incompleta o no cayó? Esto debes hacer
El IMSS tiene un procedimiento característico para garantizar que sus pensionados o beneficiarios reciban sus pagos completos.

Recibir los pagos completos y puntuales de las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es fundamental para las personas jubiladas. No obstante, en algunos casos, las mensualidades no se hacen efectivas o llegan con diferencias en el monto. De ser así, el IMSS efectúa procedimientos especiales para que la persona pensionada y sus beneficiarios puedan solicitar aclaraciones o recibir los pagos pendientes.
La solicitud se realiza directamente con el instituto y para ello, se debe acreditar que la pensión está vigente y que el pago que se reclama no se recibió o que existe una diferencia en el monto. Además, es necesario tener a la mano una identificación oficial con fotografía y firma, para presentarla en original y copia.
¿Cómo se puede realizar este trámite?
El procedimiento para efectuar la aclaración o solicitud de pago es el siguiente:
- Reunir documentación necesaria según la situación, es decir, si es pensionado o beneficiario.
- Acudir a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente.
- Presentarse en las ventanillas de Control de Prestaciones para suscribir la solicitud.
- Hay que tener en cuenta que el horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas.
Cumplir con los requisitos y presentar la documentación necesaria permite administrar de manera ordenada los pagos pendientes, de modo que se asegura el derecho de los jubilados y sus familias a la pensión que les corresponde.
¿Qué pasa si se presenta este caso con la pensión de una persona ya fallecida?
Cuando la persona pensionada ha fallecido, los beneficiarios previstos en el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo (LFT)pueden exigir los pagos pendientes o las diferencias en la pensión. El trámite requiere acreditar la muerte del pensionado, la relación con el fallecido y que los derechos de la pensión estén vigentes.
También se pueden presentar documentos específicos según el tipo de beneficiario, como lo pueden ser las actas de matrimonio, acta de nacimiento, constancia de estudios o resoluciones judiciales que acrediten dependencia económica o concubinato.
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