Atención | Registro de scooter eléctrico en CDMX: ¿quiénes deben hacerlo y cuánto cuesta?
Algunas personas dueñas de scooters elécticos deberán cumplir con el proceso de manera obligatoria: estos serán los únicos casos.

Entre los trámites de suma relevancia a considerar para este 2026 en Ciudad de México destaca el registro de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) y los Vehículos Eléctricos Personales (VEP), esto luego de que la Secretaría de Movilidad (Semovi) hiciera el anuncio oficial del proceso.
Los propietarios deberán iniciar el registro a través del Sistema de Trámites Vehiculares, aunque solamente aplicando bajo ciertos escenarios, por lo que aquí te compartiremos en casos deberán hacer el registro, el costo y cómo llevarlo a cabo paso a paso.
¿Qué vehículos eléctricos deben registrarse en CDMX?
En el caso de los VEMEPE, el trámite contempla la entrega de placas de matrícula, tarjeta de circulación y el Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME), mientras que los VEP solamente contarán con el Distintito de Movilidad Eléctrica.
La medida incluye a los siguientes tipo de vehículos para cumplir con el registro en CDMX:
- Unidades con acelerador independiente y motor eléctrico que excedan los 25 km/h o tengan una portencia de entre 250 watts y un kilowatt.
- Tipo A corresponderá a menores de 35 kilogramos y Tipo B para aquellos entre 35 y 350 kilogramos.
Es importante mencionar que, aquellos patines eléctricos o bicicletas que no superen los 25 km/h, serán considerados como vehículos no motorizados, estando exentos de la regulación.
De igual manera, aquellos VEMEPE que superen la potencia máxima de 1,000 watts pasarán a ser reconocidos como motocicletas eléctricas, teniendo que hacer el trámite correspondiente a esta clase de vehículo.
Requisitos para registrar vehículos eléctricos en CDMX
Las autoridades han establecido diferentes requisitos para los ciudadanos que tengan que llevar a cabo el proceso, dividiendo la documentación para personas físicas y morales.
Personas físicas
- Identificación oficial vigente con fotografía (INE, pasaporte o cartilla del Servicio Militar Nacional).
- Comprobante de domicilio de la Ciudad de México.
- Documento que acredite la propiedad del vehículo (factura de primera venta o carta factura vigente).
Aquellos dueños que solamente cuenten con el ticket de compra, nota o documentos similares, la plataforma les permitirá adjuntar un Manifiesto Bajo Protesta de Decir Verdad sobre la Propiedad del Vehículo.
Personas morales
- Identificación oficial del representante legal.
- Comprobante de domicilio de la empresa.
- Acta constitutiva.
- RFC de la empresa.
- Poder notarial.
- Documento que acredite la propiedad del vehículo.
¿Cuánto cuesta registrar scooters y vehículos eléctricos?
- Vehículo Eléctrico Personal (VEP): $0 pesos.
- Vehículo Motorizado Eléctrico Personal Tipo A: $355 pesos.
- Vehículo Motorizado Eléctrico Personal Tipo B: $355 pesos.
¿Cómo registrar tu vehículo eléctrico en CDMX?
El trámite se puede llevar a cabo en el portal oficial de la Secretaría de Movilidad, ubicando en el catálogo el tipo de vehículo que se quiere registrar, llenando información como la placa, submarca, número de serie, NIV, año de fabricación, velocidad máxima, peso, potencia del motor y ficha técnica en formato PDF.
Después de registrar el vehículo en la plataforma, los interesados deberán seguir el llenado de cinco secciones más, correspondiendo a los datos del ciudadano, vehículo, información de contacto, carga de documentos y datos del domicilio.
Finalmente, los propietarios podrán obtener el registro correspondiente, de acuerdo a la categoría de su vehículo.
Redactor SEO en MT desde 2025. Egresado de la Escuela Carlos Septién García como Licenciado en Periodismo.
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