Atención| Se acerca la fecha límite del pre-registro a Vivienda para el Bienestar 2026: conoce los requisitos
El programa buscar apoyar a los mexicanos para que puedan obtener una vivienda digna.

Este 2026 el acceso a la vivienda se ha convertido en una de las principales preocupaciones para los jóvenes que quieren conseguir un lugar donde habitar e independizarse.
Por esta razón, el programa de Vivienda para el Bienestar 2026 impulsado por la Comisión Nacional de Vivienda (Conavi), abrió su proceso de pre-registro en línea que próximamente cerrará sus lugares.
Hay que recordar que el programa impulsado por el Gobierno de México permite los mexicanos no pertenecientes a programas de Infonavit o de Fovisste tengan la posibilidad de acceder a una vivienda digna.
¿Hasta cuándo se puede hacer el registro de Vivienda para el Bienestar 2026?
El pre-registro del programa Vivienda para el Bienestar 2026 se podrá realizar hasta el próximo 15 de marzo. El trámite se realiza por internet y permite al solicitante explicar su intención de participar y formar parte de la base de datos la cual será evaluada para la asignación de los apoyos.
Para realizar el pre-registro de la Conavi deberás de ingresar al siguiente ENLACE y llenar el formulario.
Los documentos que deberás llevar en original y copia son los siguientes:
- Identificación oficial vigente
- CURP actualizada
- Comprobante de domicilio
El proceso está dirigido a los usuarios que cumplan con los siguientes requerimientos:
- Ciudadanos mexicanos mayores de edad
- Familias con ingresos bajos o medios
- Personas que no cuenten con vivienda propia
- Personas que requieran mejorar o ampliar su vivienda actual
Una vez entregados estos documentos, deberás esperar a que Conavi se contacte contigo para la visita domiciliaria donde deberás entregar una documentación extra, la cual es la siguiente:
- Acta de nacimiento
- Identificación oficial vigente
- CURP
- Comprobante de domicilio no mayor a tres meses
- Comprobante de ingresos o carta de declaración de ingresos
- Comprobante de estado civil (acta de matrimonio o constancia de concubinato; en caso de ser soltero(a), constancia de inexistencia de datos registrales de matrimonio)
- Certificado de no propiedad
- Certificado de discapacidad emitido por una institución pública de salud, en caso de ser necesario
- Carta de No Derechohabiencia (es el formato bajo protesta de decir verdad)
- En caso de matrimonio, concubinato o situación similar, se deberá presentar la documentación de ambas personas
Redactor. En MT desde 2023. Egresada de la Universidad Nacional Autónoma de México como Licenciada en Comunicación y Periodismo
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