Elecciones 2018: Qué no debes hacer el 1 de julio

Este 1 de julio de 2018 serán las elecciones presidenciales y te contamos lo que no debes hacer el día que emitas tu voto.

Elecciones 2018: Qué no debes hacer el 1 de julio
Ni comprar ni coaccionar el voto, tampoco acudir a la casilla con vestimentas alusivas a algún partido político o candidato. Existen diversas condiciones para votar el próximo 1 de julio, día en que se elegirá al próximo presidente de México y otros cargos públicos.

De acuerdo con la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), día de la elección es cuando se registran más denuncias por delitos electorales. Tan solo en la votación de 2012, se registraron 855 denuncias.

El Instituto Nacional Electoral (INE) hizo un llamado a la ciudadanía, para que en caso de que se presente alguna anomalía durante las Elecciones, realicen la respectiva denuncia, a pesar de que los funcionarios de casilla tienen la facultad de hacer actas de lo que sucede dentro de las casillas.

Aquí la lista elaborada por la Fepade sobre qué no hacer el 1 de julio:

Usar bienes o servicios públicos a cambio del apoyo a un candidato.

Condicionar el acceso a servicios públicos o programas sociales. Las penas para servidores públicos que incurren en este delito van desde los 200 a 400 días de multa y de dos a nueve años de prisión.

Comprar o coaccionar el voto. Tanto el que compra el voto como el que lo vende pueden incurrir en este delito, que puede ser penado con desde 6 meses hasta 3 años de cárcel.

Impedir el acceso a las casillas o intimidar a los ciudadanos para que no vayan a votar.

Quien imposibilite el acceso a instalaciones puede ser castigado con una pena de 50 a 100 días de multa y prisión de seis meses a tres años.

Utilizar dinero ilícito o rebasar los montos legales. Entregar o recibir aportaciones en dinero o especie se sanciona con hasta 5 mil días de multa y 15 años de cárcel.

Destruir o dañar material electoral.

Publicar encuestas durante los tres días previos a la elección y hasta el cierre oficial de las casillas.

Los ministros de culto no pueden inducir el voto. México es un Estado laico y la Constitución prohíbe a los ministros de culto hacer proselitismo por un candidato: “Los ministros no podrán asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna”, se explica en el artículo 130.

Alterar los datos de la credencial para votar.
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