Así funciona el ahorro para el retiro. Te decimos
Desde el 1 de julio de 1997, se eliminó la pensión vitalicia al jubilarse, ahora se utiliza un sistema de cuentas individuales donde cada trabajador ahorra para su retiro.

A partir del 1 de julio de 1997, los trabajadores que iniciaron su vida laboral ya no tienen derecho a una pensión vitalicia al momento de jubilarse, debido a una reforma en el sistema de pensiones. En lugar de ello, cada trabajador ahorra en una cuenta individual para contar con recursos suficientes al momento de la jubilación.
En 2021, se realizaron modificaciones beneficiosas para los trabajadores formales, reduciendo las semanas cotizadas necesarias para obtener una pensión a 750 y estableciendo ajustes en las aportaciones voluntarias, aumentando del 6.5% al 15% en 2030. Se introdujeron cambios en las cuotas patronales y sociales del gobierno.
El presidente Andrés Manuel López Obrador tiene previstas iniciativas de reforma relacionadas con el tema de pensiones. Se busca revisar la reforma laboral de 1997 para mejorar las condiciones de retiro, ya que considera injusto que los trabajadores se retiren con un porcentaje bajo de su último salario.
Respecto al acceso a la pensión garantizada, renta vitalicia y retiro programado, se establecen requisitos y opciones para aquellos que no cumplen con los requisitos estándar. La pensión garantizada depende de las semanas cotizadas y el salario promedio del último empleo, mientras que la renta vitalicia y el retiro programado se basan en la cuenta Afore.
En caso de no cumplir con los requisitos para acceder a una pensión, el IMSS otorga una negativa de pensión, permitiendo al trabajador solicitar el total de sus recursos acumulados en la cuenta individual de la Afore, con documentación y requisitos específicos.
Se requiere cumplir entre los 60 y 64 años para acceder a la pensión por cesantía, y a partir de los 65 años para la pensión por vejez. Además, es esencial tener el Expediente de Identificación actualizado. También se solicitan los siguientes documentos: identificación oficial, estado de cuenta de la Afore o comprobante que demuestre su registro en la administradora, así como un estado de cuenta bancario con el número CLABE. Además, se precisa contar con la resolución o negativa de pensión emitida por el IMSS.
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