Pensión del Bienestar; así puedes obtener el 'Pago de Marcha' por fallecimiento de un familiar
El conocido como Pago de Marcha está destinado para los familiares o auxiliadores de un beneficiario fallecido.

La Pensión del Bienestar es un programa social implementado por el gobierno de México, dirigido a adultos mayores en situación de vulnerabilidad económica. Esta pensión busca mejorar la calidad de vida de las personas de la tercera edad, brindándoles un apoyo económico mensual.
Este programa forma parte de los esfuerzos gubernamentales para reducir la pobreza y garantizar un nivel de bienestar básico para los ciudadanos mayores de 68 años. Los beneficiarios de la Pensión del Bienestar reciben pagos bimestrales directamente de parte del gobierno de México.
Esta ayuda existe mientras el adulto mayor continúe con vida, pero hay un apoyo económico por parte del gobierno para las familias luego de que el beneficiario haya fallecido, este es el conocido como Pago de Marcha.
¿Qué es el 'Pago de Marcha'?
El 'Pago de Marcha' es un subsidio económico contemplado por la Pensión para Adultos Mayores y la Pensión para Personas con Discapacidad. Esta prestación se concede únicamente en caso de fallecimiento del beneficiario y está diseñada para brindar apoyo financiero a los familiares o auxiliares responsables.
El 'Pago de Marcha´, consiste en una suma de 3,000 pesos (mensual), mientras que en el caso de la Pensión para Personas con Discapacidad, la cantidad se fija en 1,750 pesos (mensual).
Es importante mencionar que este pago se efectúa de manera única y que su objetivo principal es aliviar las cargas económicas inmediatas que puedan surgir tras el fallecimiento del beneficiario.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el 'Pago de Marcha'?
Para solicitar este pago es importante contar con los siguientes requisitos:
- En primer lugar, los familiares deben notificar prontamente el deceso en los Módulos del Bienestar o a través de la Línea del Bienestar al número 800 639 4264. Los interesados deben de estar previamente registrados como personas auxiliares en el programa correspondiente.
- Otro requisito crucial es que el adulto auxiliar no haya recibido ningún pago en el bimestre del fallecimiento del beneficiario o en fechas posteriores.
- Al acudir al módulo para gestionar el 'Pago de Marcha', se deberá presentar una identificación oficial junto con el original del acta de defunción o constancia médica emitida por una institución oficial pública que certifique la situación.
Es fundamental realizar este trámite dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento, ya que no hacerlo en este periodo resultará en la pérdida del derecho a este apoyo económico.
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