Yucatán castigará hasta con tres años de prisión a quien no respete aislamiento por Covid-19

Mauricio Vila, gobernador de la entidad, dijo que con base a la Ley protegerán a la ciudadanía de los enfermos con coronavirus y que no cumplan con el resguardo.

La población yucateca deberá tomar sus precauciones. FOTO: Milenio.

El gobierno de Yucatán ha decidido ser más enérgico en las medidas de seguridad por la pandemia del coronavirus. Las autoridades han informado que se impondrá prisión hasta por tres años y la Ley de Salud del Estado considera multas de hasta 86 mil 800 pesos a las personas que sean diagnosticadas con Covid-19 y no se mantengan en sus casas resguardadas.

Dicha información fue dada a conocer por el gobernador de Yucatán, Mauricio Vila, quien por medio de sus redes sociales informó que aquella personas que hayan sido diagnosticadas con Covid-19 y no respete el aislamiento será sancionada con apego a la Ley de Salud y al Código Penal del Estado.


"No permitiremos que la salud de la población yucateca se ponga en riesgo, es por eso que a la persona que presente los síntomas o haya sido diagnosticada con el coronavirus y no acate las medidas de aislamiento para evitar el contagio, se le podrá imponer un castigo", publicó el gobernador.

"De hasta 3 años de cárcel y además podrá ser acreedora a una multa de hasta $86,800. Esto bajo las sanciones que contemplan el Código Penal y La Ley de Salud de #Yucatán. ¡Prevenir es tarea de todos! #QuédateEnCasa #UnidosComoUnoSolo", añadió.

La medida es con el fin de evitar la propagación del coronavirus, justo en un momento en que el gobierno federal ha hecho un llamado para que toda la ciudadanía se mantenga en sus hogares con el fin de evitar que pase en México lo que hoy viven países como España e Italia.


Qué dice el Código Penal de Yucatán

La ley considera entre los delitos a la salud pública sanciones a quienes puedan exponer a otros ciudadanos con riesgo de contagio.

“A quien sabiendo que está enfermo de un mal venéreo o de alguna enfermedad grave, transmisible en período infectante y de manera dolosa tenga cópula o por cualquier otro medio directo ponga en peligro de contagio la salud de otras personas, se le impondrá prisión de tres meses a tres años y además podrá ser recluido en un hospital”, se explica en el artículo 189 de dicho mandato.


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