¿Cuánto debo pagar? Esta es la MULTA por orinar en una carretera federal
El monto que las autoridades pueden imponer rebasa los 2 mil pesos.
El ir al baño es una de las necesidades básicas que deben cumplirse cada determinado tiempo cuando el cuerpo lo pide, por lo que aguantar esas ganas, solo puede llevarse a cabo por un corto tiempo. Esta situación se torna sumamente complicada e incómoda cuando de viajar en carretera se trata.
A lo largo y ancho de las autopistas de México hay estaciones de servicio donde hay restaurantes, tiendas de autoservicio y baños, sin embargo, en ocasiones las personas se detienen en medio de una vialidad para hacer del baño.
El hacer del baño en las autopistas, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales, está prohibido e incluso, las autoridades pueden multar a quienes lo hagan.
¿Cuál es la multa por hacer del baño en carreteras federales?
De acuerdo con el artículo 94 del mencionado reglamento: "Queda prohibido a conductores, pasajeros y peatones orinar y defecar en las vías federales, cuando no se efectúe al interior de los sanitarios que forman parte de los servicios auxiliares vinculados a la infraestructura".
En caso de que se infrinja esta regla, el documento establece que conductores y pasajeros serán acreedores a una "multa de 5 a 10 veces la cuota diaria".
El concepto de cuota diaria es igual al del salario mínimo, por lo que la multa por defecar u orinar en las vías federales podría costar desde mil 37 pesos mexicanos hasta 2 mil 74 pesos.
Cabe señalar que si las autoridades encuentran a un peatón haciendo sus necesidades en una carretera federal éste solamente será sancionado con "una amonestación verbal".