¿Cuándo y cómo se paga el reparto de utilidades 2023?

Cada año se realiza el pago de utilidades y aquí te explicamos en qué consiste.

El aguinaldo es un dinero que te corresponde por tu esfuerzo a lo largo del año de trabajo.

Diciembre es uno de los meses favoritos de los empleados que tienen un trabajo formal por ser el aguinaldo, pero también a mediados de año suelen ser fechas “llamativas” por el pago del reparto de utilidades que te explicamos a continuación.

¿Qué es el reparto de utilidades?

De acuerdo con el SAT, el reparto de utilidades es “una prestación de los trabajadores derivado de las ganancias que obtiene el patrón durante el año”. Y la cantidad que se reparte equivale al 10 % total de las ganancias generadas por el patrón el año anterior, en este caso en 2022.

¿Cuándo se paga?

Según el artículo 122 de la Ley Federal de Trabajo, el pago se debe de realizar dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual. El 31 de marzo para las empresas (personas morales) y el de 30 de abril para las personas físicas. Con base en esto, el trabajador recibirá el reparto de utilidades entre estas fechas:

  • Si el empleador es una persona moral, del 1 de abril al 30 de mayo.
  • Si el empleador es una persona física, del 1 de mayo al 29 de junio.

¿Cómo se paga el reparto de utilidades?

De acuerdo con la LFT, el monto dependerá basándose en los siguientes puntos:

  • Se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
  • Se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Empresas que están exentas del pago

De igual forma con la misma ley, hay varias empresas que, dependiendo de las características, están exentas de pagar utilidades:

  • Las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento
  • Las empresas de industria extractiva, de nueva creación
  • Las instituciones de asistencia privada que realicen actos humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios
  • El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia
  • Las empresas de capital menor que fije la Secretaría de Trabajo y Previsión Social



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