¿Cuántos días de pago TRIPLE quedan en México según la LFT?

En México varios días festivos son de pago triple

Ley Federal del Trabajo y días de descanso obligatorio (Foto: Especial / Freepik)

Los trabajadores de México cuentan con ciertos derechos laborales, lo cual es muy importante que conozcan, pues de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), hay 9 días de descanso obligatorio, aunque hay que destacar que varias personas laboran en alguna de esas fechas y deben ganar el triple de sueldo, te decimos cuáles son y cuántas quedan.

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Cabe señalar, que estos días festivos o feriados tienen como objetivo que los trabajadores de México celebren y disfruten con libertad las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas.

¿Cuáles son los días de pago triple que quedan en México?

Según lo establecido en el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, los días festivos que son de descanso obligatorio se deben pagar con triple salario y son los siguientes.

  • 1 de enero.
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
  • El 1 de mayo.
  • El 16 de septiembre.
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
  • El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • El 25 de diciembre.
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

¿Qué dice la LFT de trabajar en días de descanso obligatorio?

La Ley Federal del Trabajo es clara y precisa, pues dictamina que los trabajadores que lleguen a laborar en días feriados, independientemente de sueldo normal que ganan en ese día, tendrán que recibir lo doble de su sueldo. Es decir, si una persona gana 100 pesos por día y presta sus servicios en fechas de descanso obligatorio, tendrá derecho a recibir 300 pesos.

“Los trabajadores(as) quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble”.



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