El 20 de marzo se trabaja en México; ¿se paga doble? Aquí te decimos

El presidente Benito Juárez nació el 21 de marzo de 1806 en San Pablo Guelatao, Oaxaca.

Los dias feriados son de descanso obligatorio. (FOTO :Pixabay)

Marzo es un mes especial, no solo entra la primavera, sino que también es el natalicio de Benito Juárez, razón por la que el 20 de marzo será un día feriado, por lo que algunos se han preguntado ¿Se paga doble el día? Aquí te respondemos.

¿Qué se celebra el 20 de marzo?

El presidente Benito Juárez nació el 21 de marzo de 1806 en San Pablo Guelatao, Oaxaca. Fue un político mexicano indígena y abogado, parteaguas para un gran cambio en la historia de México gracias a la Constitución de 1857 y la Guerra de Reforma.

Después de ocupar los cargos de gobernador del estado de Oaxaca y presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ocupó la Presidencia de México de 1858 a 1872. También conocido como Benemérito de las Américas por su lucha contra la invasión francesa, Benito Juárez estableció las bases sobre las que se funda el Estado laico y la República federal en México.

En el tiempo que fungió como presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, defendió la Constitución de 1857. Durante el tiempo que permaneció como titular del Poder Ejecutivo, impulsó las Leyes de Reforma, mediante las cuales se establecían, entre otras cosas, la libertad de culto, la creación del registro civil, y la secularización de la beneficencia pública.

¿Se paga doble si trabajo el 20 de marzo?

En caso de que te toque trabajar el 20 de marzo, tu empresa está obligada a pagarte el doble de tu salario diario, de acuerdo con Artículo 73. En caso de que seas un trabajador por honorarios, o freelance como muchos le llaman, no aplica este pago.

Calendario de días festivos oficiales 2023

En México hay una cantidad específica de días feriados oficiales, esto quiere decir que, son días de descanso obligatorio.

De acuerdo con el Gobierno de México.

  • I. El 1o. de enero;
  • II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
  • III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
  • IV. El 1o. de mayo;
  • V. El 16 de septiembre
  • VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
  • VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
  • VIII. El 25 de diciembre IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

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