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Ya es oficial: Ocupar casas ilegalmente ahora se castiga hasta con 25 años de prisión

Las multas que se reciben pueden equivaler hasta más de mil 500 días de salario mínimo.

Es real | Ya es ley: Ocupar casas ilegalmente será delito grave con hasta 25 años de prisión (FOTO: @FiscaliaEdomex)
Es real | Ya es ley: Ocupar casas ilegalmente será delito grave con hasta 25 años de prisión (FOTO: @FiscaliaEdomex)
Juan Nieto
Ciudad de México

A partir del pasado miércoles 16 de julio, las nuevas sanciones por delito de despojo en el Estado de México entraron en vigor. Las penalizaciones alcanzan hasta los 25 años de prisión y hasta mil 500 días de multa de acuerdo con lo manifestado en el informe 845 del Congreso del Estado de México.

El código penal mexiquense fue modificado con la intención de ampliar las responsabilidades legales para las personas invasoras como a los autores intelectuales y servidores públicos que participen en los hechos. La modificación consistió en calificar este delito como grave, por lo que no se permitirá la libertad bajo fianza y las personas que sean detenidas tendrán que enfrentar su respectivo proceso judicial desde prisión preventiva.


¿Cuáles son las penas por el delito de despojo en el Estado de México?

Las reformas incorporaron nuevas circunstancias agravantes como la participación de las autoridades públicas, el uso de la violencia, documentación falsa, engaño y la condición de vulnerabilidad de las víctimas.

Las penalizaciones por la ocupación ilegal de predios varían entre los 10 y 17 años de prisión si hay autoría intelectual, participación de más de una persona o si la vivienda está en disputa judicial.


¿Hay penas por el despojo de aguas?

En el decreto también se incluyó el uso sin autorización de cuerpos de agua, cuyas penas de este abuso van de 5 a 10 años de prisión. En el caso de que la afectación suceda en áreas naturales protegidas, el castigo será de 7 a 12 años, con multas de 700 hasta mil días.

El uso sin autorización de cuerpos de agua también es un delito.


Las sanciones pueden incrementar hasta en una mitad adicional cuando el delito ocurre con violencia física, violación a la seguridad del inmueble o si las víctimas son personas mayores, menores de edad, miembros de comunidades indígenas o mujeres embarazadas.

Crímenes por violencia física (FOTO: Especial)


Por otra parte, se aclara que se exime de responsabilidad penal aunque existan dudas o alguna disputa sobre el derecho de posesión de la vivienda. También se advierte que el uso de notarios, falsificación de escrituras o registro irregular también se les considerará como delitos agravantes.

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