Profeco DESMIENTE supuesto listado de alimentos y bebidas autorizadas en el cine, ¿Es legal hacerlo?
En redes sociales ha circulado un listado de PROFECO sobre las bebidas y alimentos que pueden ingresar los consumidores a los cines en México, pero ¿es real?

La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) ya cumplió 49 años de proteger los derechos de las y los consumidores (así como las obligaciones), y uno de los temas más controversiales ha sido el si podemos ingresar al cine con alimentos y bebidas externas.
En redes sociales ha estado circulando un supuesto listado "oficial" de la PROFECO sobre los alimentos y bebidas que pueden ingresar los consumidores a las salas de cine en México, sin embargo, la misma Procuraduría no se ha pronunciado al respecto; esto es lo que sabemos.
¿PROFECO autorizó las bebidas y alimentos en cines?
En redes sociales se ha vuelto tendencia los nombres de 'PROFECO', 'Cinemex' y 'Cinépolis', acaparando miles de posteos y reacciones ya que se ha vuelto viral una supuesto listado de bebidas y alimentos que los consumidores están autorizados para ingresar a las salas de cine en México.
Desde pizzas, hot-dogs, nuggets de pollo, refrescos, papas fritas, golosinas y hasta helados, son algunos de los alimentos que están en la supuesta lista de la PROFECO, sin embargo, ni la propia Procuraduría tiene en sus redes sociales dicho listado, ni en su nueva edición de la Revista del Consumidor.
La rápida viralización de esta lista ya ha generado debate entre usuarios de redes sociales, pues mientras unos aplauden este 'hecho' hay quienes se han opuesto fuertemente, aseverando que 'las salas de cine apestarán a chorizo' debido al descontrol que esto pueda provocar.
¿Puedo meter alimentos y bebidas al Cine?
Este tema no es nada nuevo, y es que la PROFECO ha mantenido una lucha por los derechos de los consumidores sobre las políticas de alimentos y bebidas externas con las compañías de cine en México más importantes (Cinemex y Cinépolis).
Cabe destacar que esta supuesta lista es totalmente falsa, pues no tiene sustento por parte de la PROFECO, y fue viralizada rápidamente por medios de comunicación irresponsables y usuarios de redes sociales.
Sin embargo, la PROFECO ya se ha pronunciado sobre esto con anterioridad, y acorde al Artículo 58 de la Ley General del Consumidor (LGC), los establecimientos no pueden limitar o condicionar a los consumidores a comprar sólo en sus tiendas.
Artículo 58 LGC de PROFECO
Te recomendamos estar pendiente de las cuentas de redes sociales oficiales de la PROFECO así como de la Revista del Consumidor para conocer los verdaderos comunicados que lanza la Procuraduría.
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