¿Puedo ir a la cárcel por fumar ‘vape’ en 2025? Esto es lo que sabemos sobre la NUEVA reforma en México
Con la aprobación de la nueva ley anti-vapes, los usuarios se han cuestionado sobre sanciones y multas por consumo personal en espacios abiertos; aquí te explicamos lo que debes de saber.

En los últimos meses, el uso de vapeadores y cigarros electrónicos ha causado controversia en el Congreso de México. Este debate ha derivado en una reforma que busca modificar la Constitución para prohibir su producción, distribución y comercialización.
Por lo que muchos usuarios se han cuestionado si pueden enfrentar multas o hasta ir a la cárcel por fumar vape. Aquí te explicamos todo lo que se sabe hasta ahora sobre esta iniciativa y las consecuencias que puede traerte.
¿Qué propone la reforma contra los vapeadores?
La reforma, impulsada originalmente por el expresidente Andrés Manuel López Obrador como parte de un paquete de 20 reformas constitucionales, contempla cambios al artículo 4º y al artículo 5º de la Constitución Mexicana.
El primer artículo establece la prohibición de producir, distribuir, comercializar y enajenar cigarrillos electrónicos, vapeadores y sistemas electrónicos similares, incluyendo sustancias tóxicas y drogas sintéticas como el fentanilo.
Mientras que el otro artículo, en el segundo párrafo, menciona que se "veda la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquier otra actividad para la producción, distribución y enajenación de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos que señale la ley.”
¿Qué dice la Ley General para el Control del Tabaco?
Con la aprobación de esta reforma por parte de la Cámara de Diputados, las y los usuarios de los 'vapeadores' y cigarros electrónicos han quedado en duda sobre si tendrán repercusiones legales por el simple hecho de consumir estas alternativas al tabaco.
Actualmente, no existe una sanción específica por usar vapeadores en espacios públicos o privados. La Ley General para el Control del Tabaco prohíbe consumir productos de tabaco y nicotina en lugares 100 % libres de humo, como oficinas, transporte público y escuelas.
Sin embargo, la reforma no detalla multas o penas por el uso de vapeadores, algo que el Congreso deberá definir en un plazo de 180 días si la reforma es publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
¿Existen multas o penas actualmente?
Aún no. Aunque la venta y distribución de vapeadores está prohibida en México, su uso aún no está sancionado por ninguna ley vigente. El artículo 26 de la Ley General para el Control del Tabaco regula únicamente el consumo de tabaco y nicotina en espacios libres de humo, pero no aborda específicamente los vapeadores.
Actualmente, únicamente se prohíbe la circulación y comercialización en el interior de la República, cualquiera que sea su procedencia, de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina, Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas.
El debate en torno a los vapeadores en México sigue abierto. Aunque la reforma busca prohibir su producción y comercialización, el uso personal no tiene sanciones definidas por ahora. Sin embargo, se espera que para el 2025 se realicen cambios legales que podrían surgir tras la posible aprobación de esta reforma.
¿Qué falta para que esta reforma sea aprobada?
Aunque la iniciativa ya fue avalada en la Cámara de Diputados y el Senado, aún requiere la aprobación de al menos 17 congresos locales y su publicación en el DOF. Una vez cumplidos estos pasos, el Congreso de la Unión tendrá 180 días para definir las sanciones correspondientes.
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