Reparto de Utilidades 2024; quiénes deben recibirlas en junio y hasta cuándo deben darlas

La Ley Federal del Trabajo menciona que los trabajadores tienen el derecho a recibir las utilidades de las empresas y de no hacerlo se enfrentarán a diferentes multas.

Reparto de Utilidades 2024; quienes deben recibirla en junio

La gran mayoría de los trabajadores mexicanos recibieron por ley el Reparto de Utilidades 2024, este comenzó a ser distribuido por las empresas desde el pasado 1 de abril como forma de compensación por su gran trabajo.

A pesar de que varios ya cuentan con sus utilidades, existen otros que aún no las han recibido, pero no tienen que preocuparse ya que aún hay tiempo para que pueda realzarse el pago, pues varios deberán tenerlas en el mes de junio.

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De acuerdo con el artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los trabajadores tienen el derecho a recibir las utilidades de las empresas, según el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.

¿Quiénes reciben utilidades en junio?

Aunque varios trabajadores ya recibieron sus utilidades en los meses de abril y mayo, existen trabajadores que las tendrán este derecho de ley durante el mes de junio, estos son los empleados que solo trabajan para una persona física, pero también para quienes cumplan con el requisito de haber laborado por lo menos 60 días para empleadores cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más, según su declaración fiscal.

La fecha límite en la que deberán de realizar el reparto de utilidades es hasta el próximo 29 de junio de 2024. Los empleadores no obligados a dar utilidades son:

  • Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
  • Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
  • Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro.
  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.

Si ya pasó el periodo de pago en tu empresa y no te pagaron, puedes hacer un reporte ante la Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet).

Puedes realizar una denuncia a través de inspeccionfederal@stps.gob.mx o acude a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para asesorarte. Si requieres una visita de inspección, acude a la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo.








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