Evita una sanción: ¿Qué cosas no debes facturar ante el SAT?

Si se realiza una factura de un producto o servicio que no corresponde, el SAT podría multarte.

SAT (Foto: Altonivel)

Si realizarás tu Declaración Anual, como persona física, ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), es importante que consideres que existen algunos servicios y productos que, aunque los factures, no resultarán deducibles de impuestos.

En este sentido, resultará fundamental que si obtuviste ingresos por los conceptos de salarios, actividades empresariales, enajenación de bienes e intereses, así como arrendamiento, deberás revisar tus deducciones al momento de generar tu declaración.

Productos y servicios que aunque se facturen no son deducibles

  • Medicamentos
  • Higiene personal (productos de limpieza para tu negocio si aplican)
  • Artículos del hogar como lavadoras o licuadoras, a menos que sean para tu negocio.
  • Pijamas o ropa de niños y niñas

Productos y servicios que sí generan deducciones personales para una persona física

  • Gastos médicos
  • Gastos funerarios
  • Primas por gastos de seguros médico mayores
  • Donativos
  • Colegiaturas

Facturas que puedes emitir bajo el concepto de gastos médicos

  • Honorarios médicos y dentales: el recibo debe constar que, quién presta el servicio, cuenta con título profesional de médico o cirujano dentista.
  • Los gastos hospitalarios, como la compra o el alquiler de aparatos utilizados para rehabilitación.
  • Medicinas, siempre y cuando sean incluidas en el documento realizado por el hospital, medicinas compradas por ti en farmacias no deben ser facturadas.
  • Análisis o estudios clínicos
  • Lentes ópticos, solo los que no excedan la cantidad de 2 mil 500 pesos, además de que el comprobante fiscal debe contar con la descripción del artículo o el diagnóstico del optometrista.

En caso de realizar una factura sin los requisitos solicitados, el SAT puede emitir una sanción económica que va desde los 400 hasta los 600 pesos. En caso de cancelar en Comprobante Fiscal (CFDI) fuera de tiempo, la multa puede ser del 5 al 10% del monto de cada factura.

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