Clave | ¿Puede el SAT visitarte en casa? Esto es lo que sabemos sobre la nueva medida
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explicó que no se realizan visitan masivas a contribuyentes.

En las últimas semanas, se dio a conocer que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) realizaría visitas domiciliarias a los mexicanos. Aunque esto podría generar preocupación el SAT ha brindado información explicando el procedimiento y el por qué se pueden llegar a realizar.
El propósito de estas visitas es verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales cuando se detectan posibles irregularidades.
¿Existe un calendario de visitas masivas por el SAT?
De acuerdo con la información proporcionada por el SAT, las visitas domiciliarias son una facultad que la institución ejerce de manera selectiva basándose en criterios de riesgo fiscal.
Si bien el SAT cuenta con la facultad para realizar visitas domiciliarias sustentadas en el Código Fiscal de la Federación, es una actividad que se realiza únicamente con base en criterios de riesgo fiscal determinados objetivamente.
“El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que no lleva a cabo ningún tipo de mecanismo masivo para congelar cuentas bancarias, ni tiene un calendario generalizado ni arbitrario de visitas domiciliarias, como se ha señalado en los últimos días”, se lee en el documento oficial.
¿Cómo funciona la visita domiciliaría del SAT?
En caso de darse alguna visita a domicilio, será para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias, respetando siempre los derechos de las personas contribuyentes.
Después de esto y para evitar abusos, confusiones o fraudes, la autoridad debe de cumplir con una serie de pasos que debes de verificar:
- Contar con una carta de derechos del contribuyente auditado: Este documento es fundamental, ya que detalla claramente todo lo que puedes solicitar o exigir durante la auditoría.
- Acceso a información completa sobre tus obligaciones: El SAT debe explicarte la razón de la revisión y especificar qué partes de tu situación fiscal están siendo evaluadas.
- Posibilidad de corregir inconsistencias: Si detectas algún error, tienes la opción de presentar declaraciones normales o complementarias para ajustarlo.
- Opción de pedir el cierre anticipado de la visita: Si compruebas que tu situación fiscal está en regla y han transcurrido al menos tres meses desde el inicio del proceso, puedes solicitar que la auditoría concluya antes.
Hay que mencionar que deberás de tener en orden tus documentos fiscales y también tendrás que confirmar la identificación del personal, pero recuerda que ningún trámite debe de pagarse en efectivo o directamente de un auditor.
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