Laporta es imputado por sus pagos a Negreira; Juez concluye que no han prescrito

El presidente del FC Barcelona atraviesa por un momento complicado luego de las evaluaciones en el caso Negreira.

Joan Laporta (Foto: AFP)

Pasa el tiempo y el caso Negreira continúa llamando la atención de los medios en torno al seguimiento de la conclusión legal. Y es que, recientemente, el actual presidente del FC Barcelona, Joan Laporta, ha sido imputado por el juez, Joaquín Aguirre, los pagos a Enriquez en el periodo entre 2003 y 2010, el que es considerado el mejor en la historia del club blaugrana.

A esto, se le sumaron dos expresidentes del club imputados, Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu. Además, el magistrado, a través de la expedición de un texto, asegura que el plazo de prescripción debe aplicarse de manera diferente. La nueva interpretación da pie a la investigación y al juicio hasta el periodo referente al 2008. De esta manera, Joan Laporta será investigado por los pagos realizados por el Barça a Negreira, durante su primera etapa al frente del club.

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Prescripción de diez años desde el último pago

No obstante, el juez instructor recuerda en su escrito que los hechos investigados pueden constituir, entre otros, un delito de cohecho continuado, por lo que, de acuerdo con el Código Penal, el plazo de prescripción es de diez años desde el día en que se llevó a cabo la última infracción penal o cesó la conducta delictiva, en este caso julio de 2018, fecha del último pago a Negreira y su hijo.

De esa forma, de acuerdo con los cálculos del magistrado, a los presidentes y directivos del Barça debe aplicárseles el plazo de diez años de prescripción a contar desde el 17 de julio de 2018, teniendo en cuenta que la pena a imponer es de seis a siete años y medio, debido a que se trata de un delito continuado de cohecho.


Ello abarcaría los pagos efectuados desde julio de 2008 a 2010, etapa de la que sería responsable la directiva encabezada por Laporta que precedió a Sandro Rosell al frente del club.

En el caso de Negreira y su hijo, precisa el auto, los hechos imputables alcanzarían hasta el mes de junio de 2003, dado que la pena a que se exponen, por ser considerados funcionarios públicos a efectos penales, supera los diez años de inhabilitación.

Pese a que hasta ahora no se han hallado indicios de que los pagos a Enríquez Negreira persiguieran favorecer al Barça a través del arbitraje, el juez cree que por sus actos "tuvieron por fuerza que beneficiar al FC Barcelona en detrimento del resto de clubes de la Liga de Primera División o de sus rivales en la Copa del Rey".

Esos distintos pagos, en opinión del juez, quedarían subsumidos en el delito de cohecho continuado que, recuerda, "favorece" al investigado dado que la pena a que se expone es menor de la que se derivaría de la suma aritmética de distintos delitos de cohecho individuales.

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