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¿Cuándo es primer MEGAPUENTE de 2025? Esto dice la SEP

Te decimos cuándo será el primer megapuente luego de las fiestas de Navidad y Año Nuevo.

Este será el primer MEGAPUENTE de 2025 según la SEP
Este será el primer MEGAPUENTE de 2025 según la SEP
Ciudad de México

Aunque las vacaciones de Navidad y Año Nuevo aún no comienzan, ya se escucha hablar entre padres de familia y estudiantes sobre la fecha del primer megapuente de 2025.

Según el calendario oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para el ciclo escolar en curso, ya se conoce la fecha exacta en la que los estudiantes podrán disfrutar de su primer descanso en el próximo año. A continuación, te contamos todo lo que necesitas saber sobre este esperado megapuente.

¿En qué fecha es el primer megapuente de la SEP de 2025?

Luego de que los alumnos regresen de sus vacaciones de invierno, la SEP informa que habrá un megapuente con dos días de descanso oficiales unidos, lo que hará un fin de semana largo.

El primer día de descanso será el viernes 31 de enero, esto gracias a la junta Consejo Técnico Escolar que se realiza cada fin de mes.

 Lo interesante de este día es que se unirá al lunes 3 de febrero, el cual es considerado como feriado debido a que se conmemora el Día de la Constitución, que aunque la fecha oficial es el 5 de febrero, este se recorre al lunes, por lo que los alumnos disfrutarán de cuatro días de descanso y regresarán a las aulas hasta el 4 de febrero.

Los padres de familia también tendrán un puente, ya que según la Ley Federal del Trabajo (LFT), el lunes 3 de febrero será un día de descanso obligatorio a nivel nacional, por lo que los trabajadores subordinados en México no deberán laborar.

¿Me deberán pagar extra si trabajo el 3 de febrero?

En caso de los trabajadores que deberán presentarse en sus lugares de trabajo el lunes 3 de febrero de 2025,  tendrán derecho a recibir su salario habitual, además de un pago adicional equivalente al doble de su salario por el trabajo realizado, lo que resulta en un pago total triple.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la LFT, las personas que se presenten a trabajar de manera habitual durante el día de descanso obligatorio “tendrán derecho a recibir independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.




Sobre el autor
Fátima Vázquez

Redactor. En MT desde 2023. Egresada de la Universidad Nacional Autónoma de México como Licenciada en Comunicación y Periodismo

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