¿Cómo cobrar un seguro de vida en el IMSS? Requisitos y quiénes pueden reclamarlo

Algunas prestaciones que se pueden cobrar son: pago de salarios no cubiertos, vacaciones y prima dominical, entre otros.

IMSS. (Reuters)

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSSofrece una prestación muy importante a todos sus derecho habientes, la cual es el seguro de vida. Esta se divide en dos vertientes: el seguro de invalidez y el de vida. Aquí te diremos cuáles son los requisitos para cobrar cualquiera de los dos, así como quiénes pueden reclamar el derecho de su familiar. 

El seguro de invalidez apoya a todas las personas aseguradas que hayan quedado imposibilitadas de trabajar, ya sea por una enfermedad o accidente. La cantidad que el IMSS otorga es más del 50 por ciento de lo que el derechohabiente generó en su último año de trabajo

En el caso del seguro de vida, este se entrega a la familia después del fallecimiento del asegurado  mediante tres pensiones: viudez, orfandad y ascendencia. El monto entregado depende de cual se solicite. 


¿Quiénes pueden cobrar el seguro de vida?

Las personas que fueron asignadas como beneficiarias por parte del derechohabiente, entre las cuales se pueden incluir esposa (o), concubina (o), padres e hijos.

Si la persona asegurada pierde la vida, los beneficiarios pueden reclamar las prestaciones viuda o viudo, ascendientes de asegurados y los hijos e hijas menores de 16 años de edad. 

Las prestaciones del seguro de vida que pueden cobrar son: 

  • El Pago de prima de antigüedad
  • Pago de salarios no cubiertos
  • Vacaciones y prima dominical
  • Prestaciones extraordinarias
  • El Pago de prestaciones de ley

¿Cuáles son los requisitos para reclamar el seguro de vida? 

  • Para que los beneficiarios puedan acceder al seguro de invalidez o de vida, es necesario que la persona asegurada cuente con un mínimo de 12 semanas registradas de cotización.

  • El asegurado debe tener su seguro vigente.

  • En caso de fallecimiento del derechohabiente, los familiares tienen hasta un año después de su muerte para cobrar las prestaciones de ley. 

¿Cuáles son los tipos de pensiones que se pueden cobrar?

Orfandad

  • Se entrega a las hijas y los hijos que tengan mínimo 16 años y máximo 25, en caso de que se encuentren estudiando en alguna escuela de México.
  • Si el que reclama el seguro tiene más de 16 años y un trabajo remunerado no puede cobrar la pensión “salvo que no puedan mantenerse por su propio trabajo, debido a una enfermedad crónica, defecto físico o psíquico, en tanto no desaparezca la incapacidad que padece”, señala el IMSS.
  • En caso de orfandad la pensión será del 20%. Si ambos padres fallecieron, el monto será del 30%.

  • Los requisitos para acceder a esta pensión son: acreditar la edad, vínculo y que el asegurado haya registrado 150 semanas cotizadas

Pensión de Viudez

  • Se da a la esposa o concubina viuda (con quien haya vivido por cinco años) del asegurado . La pensión otorgada será equivalente al 90%
  • Se tiene que comprobar el matrimonio y el concubinato con un acta o alguna prueba.

Ascendencia

  • En caso de que el derechohabiente no tenga hijos o esposa, la pensión se le entregará a los padres que dependan económicamente del asegurado.
  • El monto correspondiente será del 20% 
  • Se debe acreditar el parentesco

NOTAS MÁS VISTAS