SAT: Apartir del 1 de ABRIL puedes recibir MULTA si no haces este trámite OBLIGATORIO

Es fundamental para los contribuyentes estar al tanto de estas obligaciones y cumplirlas de manera oportuna.

SAT: Nueva obligatoriedad a partir del 1 de abril de 2024

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) es una entidad de vital importancia para el país, y en estas fechas en las que nos preparamos para la Declaración Anual, es crucial estar al tanto de las obligaciones fiscales. 

Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del SAT, ya sea como persona física o moral, conlleva ciertas responsabilidades. Aquí te contamos.

Partidos de HOY: Vulve la Liga MX y más... 29 marzo 2024

Nueva obligatoriedad a partir del 1 de abril de 2024

A partir del próximo lunes 1 de abril de 2024, será obligatorio emitir facturas electrónicas en la versión 3.0. Esta versión, la más reciente proporcionada por el organismo tributario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), es una actualización importante que los contribuyentes deben tomar en cuenta. El SAT ha comunicado oficialmente que la prórroga para utilizar las facturas electrónicas con el complemento carta porte expira el domingo 31 de marzo de este año.

Antecedentes y plazos

El 28 de septiembre de 2023, la SHCP publicó la versión 3.0 de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) y sus complementos. Inicialmente, el SAT anunció que el período de convivencia entre las versiones 2.0 y 3.0 sería hasta el 31 de diciembre de 2023. Sin embargo, se extendió este plazo hasta el 31 de marzo de 2024, para permitir que los contribuyentes se adapten a la nueva normativa.

Cabe destacar que el 31 de diciembre de 2023 concluyó la prórroga sin multas ni sanciones para quienes no emitieron sus CFDI con complemento carta porte, como lo establece la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Sanciones por incumplimiento

A partir del 1 de abril de 2024, aquellos que no utilicen la versión 3.0 del CFDI con complemento carta porte estarán sujetos a las siguientes sanciones económicas:

  • Por no emitir la Carta Porte 3.0: La sanción va desde los 400 pesos hasta los 600 pesos por cada CFDI sin el complemento correspondiente.
  • Por no mostrar la Carta Porte 3.0: Las multas oscilan entre los 760 pesos y los 14,710 pesos.
  • Reincidencias: Las sanciones van desde los 880 pesos hasta los 112,650 pesos, dependiendo de la gravedad y la frecuencia del incumplimiento.

Es fundamental para los contribuyentes estar al tanto de estas obligaciones y cumplirlas de manera oportuna para evitar sanciones económicas por parte del SAT.

  • Pablo Antonio López
NOTAS MÁS VISTAS