SAT puede MULTARTE a partir del 31 de marzo de 2025 por esta razón
La declaración anual es un proceso que algunos contribuyentes deberán hacer en tiempo y forma, con el fin de evitar fuertes sanciones económicas del SAT.

El mes de marzo será clave para los mexicanos, pues el Servicio de Administración Tributaria (SAT) contempla que los contribuyentes obligados realicen su declaración anual de impuestos. Tanto las personas físicas y morales deberán llevar a cabo este proceso con base en el ejercicio del año 2024.
Existen algunos escenarios en donde ciertos ciudadanos no tienen que realizar la declaración anual, pero aquellos que sí deben hacerla y no cumplan con los tiempos establecidos, pueden llegar a tener graves consecuencias. Entérate aquí más sobre qué ocurrirá con la gente que no realizará este ejercicio.
¿Quiénes deben hacer declaración anual ante el SAT?
No todos están obligados a tener que hacer la declaración fiscal ante el SAT, pues aquellos ciudadanos que trabajen y reciban sus ingresos únicamente en concepto de salarios de parte de un solo patrón no deberán hacer dicha presentación ante el organismo, ya que el patrón está obligado a hacerlo.
De igual manera, aquellos que reciban algún apoyo económico libre de impuestos como becas o apoyos del gobierno no tendrán que presentar la declaración anual.
Sin embargo, aquellas personas trabajadoras que cuenten con ingresos superiores a los 400 mil pesos anuales, deberán hacer su declaración anual de manera obligatoria aunque sean asalariados.
Los contribuyentes deberán realizar su declaración anual a más tardar el 31 de marzo de 2025, pues de lo contrario podrían ser acreedores a una sanción por parte del SAT.
¿De cuánto es la multa por no hacer la declaración anual?
De acuerdo a lo establecido en el artículo 82 del Código Fiscal de la Federación, las multas por no realizar la declaración anual van desde los $1,810 hasta los $22,400 pesos por cada obligación no declarada.
La cantidad de dinero de dichas sanciones pueden variar con base en el tiempo de demora del proceso, el monto de impuestos e incluso de aquellos escenarios donde las personas cuenten con varios años sin cumplir con el trámite obligatorio, lo cual puede ser interpretado por las autoridades como una posible evasión fiscal y llevar el caso a una auditoría para la revisión de ingresos.
Aquellos contribuyentes que deban realizar este proceso deberán contar con la siguiente documentación para poder llevar a cabo el trámite:
- RFC
- Firma electrónica (e.firma)
- Contraseña del portal del SAT
- Datos bancarios para la devolución de impuestos para aquellos que cuenten con saldo a favor
Redactor SEO en MT desde 2025. Egresado de la Escuela Carlos Septién García como Licenciado en Periodismo.
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