¿Trabajas el 17 de marzo? Este dinero EXTRA deberán darte si laboras en el MEGAPUENTE
La Ley Federal del Trabajo respalda a los trabajadores para que se les pague en tiempo y forma.

Para todos aquellos que necesiten un descanso previo a las vacaciones de Semana Santa, el próximo lunes 17 de marzo de 2025, tanto trabajadores como estudiantes de nivel básico podrán disfrutar de un nuevo puente.
Gracias a este día de descanso oficial, queda la duda de la forma en la que deberán de pagarte en caso de que labores en este día, por lo que aquí en mediotiempo, te decimos la razón por la que ocurrirá el puente y cuál es la cantidad que deberás de recibir.
¿Por qué hay puente el 17 de marzo?
La razón por la que se realizará el puente este 17 de marzo, se debe a la conmemoración del Natalicio de Benito Juárez, que a pesar de que festeja el 21 de marzo, se recorre al lunes, lo que permitirá tener un largo fin de semana.
¿Cómo deberán pagarte este 17 de marzo?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días feriados son considerados como descansos obligatorios, en caso de que un empleado tenga que trabajar en estas fechas, el patrón deberá de pagar un ingreso extra correspondiente al salario del día, más el doble de este, es decir un pago triple por la jornada laborada.
En este lunes 17 de marzo se deberá pagar extra en caso de que laboren los empleados. Aquellos que brinden sus servicios en este día deberán de recibir la compensación económica establecida en la Ley Federal del Trabajo, ya que cuenta como un día de descanso obligatorio.
En caso de que no se te pague correctamente, tal como lo menciona la ley, la empresa estaría enfrentando una violación a tus derechos laborales.
Si tu patrón incumple con esta obligación, puedes denunciar ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).
¿Cuántos días de descanso faltan de este 2025?
Los próximo puentes de este 2025 son los siguientes:
- El primero de mayo por el Día del trabajo.
- El 16 de septiembre.
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
- El primero de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
- El 25 de diciembre por Navidad.
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Redactor. En MT desde 2023. Egresada de la Universidad Nacional Autónoma de México como Licenciada en Comunicación y Periodismo
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